Los habitantes y ciudadanos de la Tierra que se encuentran dentro de la Federación de la Tierra tendrán ciertos derechos inalienables definidos a continuación. Será obligatorio para el Parlamento Mundial, el Ejecutivo Mundial y todos los órganos y agencias del Gobierno Mundial honrar, implementar y hacer cumplir estos derechos, así como para los gobiernos nacionales de todas las naciones miembros de la Federación de la Tierra hacer lo mismo. Los individuos o grupos que sufran la violación o el descuido de tales derechos tendrán pleno recurso a través del Ombudsmus Mundial, el Sistema de Aplicación de la Ley y los Tribunales Mundiales para la reparación de agravios. Los derechos inalienables incluirán los siguientes:
01. Igualdad de derechos para todos los ciudadanos de la Federación de la Tierra, sin discriminación por motivos de raza, color, casta, nacionalidad, sexo, religión, afiliación política, propiedad o condición social.
02. Igual protección y aplicación de la legislación mundial y las leyes mundiales para todos los ciudadanos de la Federación de la Tierra.
03. Libertad de pensamiento y conciencia, de expresión, de prensa, de escritura, de comunicación, de manifestación, de publicación, de radiodifusión, de televisión y de cine, salvo como parte manifiesta de la violencia, el motín armado o la insurrección, o como incitación a ellos.
04. Libertad de reunión, asociación, organización, petición y manifestación pacífica.
05. Libertad de votar sin coacción y libertad de organización política y de campaña sin censura ni represalias.
06. Libertad de profesar, practicar y promover creencias religiosas o religiones, o ninguna religión ni creencia religiosa.
07. Libertad de profesar y promover convicciones políticas o ninguna convicción política.
08. Libertad de investigación, indagación e información.
09. Libertad de viajar sin pasaporte, visados ni otras formas de registro utilizadas para limitar los viajes entre naciones, dentro de ellas o a través de ellas.
10. Prohibición de la esclavitud, el peonaje, la servidumbre involuntaria y el trabajo forzoso.
11. Prohibición del reclutamiento militar obligatorio.
12. Seguridad de la persona frente a la detención, el arresto, el destierro, el registro o la incautación arbitrarios o irrazonables; exigencia de órdenes judiciales para los registros y arrestos.
13. Prohibición de la coacción física o psicológica o la tortura durante cualquier período de investigación, arresto, detención o encarcelamiento, y prohibición de penas crueles o inusuales.
14. Derecho de habeas corpus; prohibición de leyes con efecto retroactivo; prohibición de la doble incriminación; derecho a no declarar contra sí mismo ni a incriminar a otro.
15. Prohibición de los ejércitos privados y las organizaciones paramilitares por constituir amenazas para la paz y la seguridad comunes.
16. Seguridad de la propiedad frente a la incautación arbitraria; protección contra el ejercicio del poder de expropiación sin una indemnización razonable.
17. Derecho a la planificación familiar y a la asistencia pública gratuita para alcanzar los objetivos de planificación familiar.
18. Derecho a la privacidad de la persona, la familia y la asociación; prohibición de la vigilancia como medio de control político.
Última actualización de la página: 2026-07-11
