Parlamento Mundial Provisional

(órgano del Gobierno Mundial Provisional)

El Parlamento Mundial Provisional (PWP) es un órgano del Gobierno Mundial Provisional. Es un cuerpo legislativo de transición que se reúne en sesión conjunta de las tres cámaras del Parlamento Mundial junto con los miembros del Parlamento Mundial Provisional.

Requisitos constitucionales para convocar el Parlamento:

Requisitos para la convocatoria legislativa

  • Delegados: 500 o más delegados que asistan, en representación de personas de 20 países de cinco continentes, y que cuenten con las credenciales definidas en el Artículo 19, Sección 3; leer más
  • Fondos: Los fondos mínimos necesarios para organizar las sesiones del Parlamento Mundial Provisional están disponibles o firmemente comprometidos;
  • Ubicación: Las ubicaciones adecuadas se confirman con al menos nueve meses de antelación, salvo que condiciones de emergencia justifiquen un aviso más breve.

Visitar el sitio web oficial del Parlamento Mundial Provisional

Oficina del Secretario del PWP:

Oficina del Secretario General,
Secretaría del PWP,
Parlamento Mundial Provisional,
Gobierno Mundial Provisional

[email protected]

Organismo designado constitucionalmente para convocar el PWP:

World Constitution and Parliament Association (WCPA),
Sede: #211 Overlook Cir, Clarkesville, Georgia, 30523, EE. UU.

Para la relación entre la WCPA y el Gobierno Mundial Provisional, leer más.

Comité Directivo:

Comité Directivo del Parlamento Mundial Provisional,
World Constitution and Parliament Association, Inc.

Órgano financiero designado constitucionalmente:

Comisión de Finanzas,
Gobierno Mundial Provisional.

Agencia de Financiación Estatutaria:

World Government Funding Corporation (WGFC),
Sede: #211 Overlook Cir, Clarkesville, Georgia, 30523, EE. UU.

Referencias:

1. Sección 19.3, Artículo 19 de la Constitución para la Federación de la Tierra (CFoE).

Contenido informativo:

Sesión plenaria: En el contexto de una legislatura con múltiples cámaras, una sesión plenaria suele estar asociada a cada cámara por separado, refiriéndose a una reunión plenaria en la que todos los miembros de esa cámara deben estar presentes y participar.

Sesión conjunta: Una sesión conjunta es una reunión en la que más de una cámara de una legislatura se reúnen como un solo cuerpo.

Sesión plenaria conjunta: Una sesión plenaria conjunta se refiere a una reunión plenaria de más de una cámara de una legislatura que se convoca conjuntamente como un solo cuerpo. Combina los conceptos de sesión conjunta y sesión plenaria.

Última actualización de la página: 2026-07-11